Resumen
En pocas palabras
- La sentencia del Tribunal Supremo STS 620/2026, de 19 de mayo de 2026, anuló el Registro Único de Arrendamientos creado por el RD 1312/2024.
- Entre los preceptos anulados está el artículo 10, que regulaba el depósito anual del modelo informativo en el Registro de la Propiedad.
- Siguen vigentes la Ventanilla Única Digital, las obligaciones de datos de las plataformas y los registros de cada comunidad autónoma.
El recurso lo presentó la Generalitat Valenciana. El Supremo considera que el Estado carece de competencia para crear un registro nacional que se superpone a los registros autonómicos de viviendas turísticas. El fallo se publicó en el BOE el 8 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12300).
Qué ha anulado el Supremo
El fallo declara nulos estos preceptos del Real Decreto 1312/2024:
- Artículo 1, en lo relativo al procedimiento de registro único.
- Artículo 2, letras f), i) y j) (esta última, en lo relativo al registro).
- Artículo 5 y artículo 6 (este último, en lo relativo al registro único).
- Artículos 8, 9 y 10, incluido el depósito anual del modelo informativo (art. 10.4).
- Artículo 12, letras b) y c).
- Disposición adicional segunda y, en parte, la disposición final primera.
- Cualquier otra previsión o mención referida al registro único.
Como consecuencia, el Colegio de Registradores ha suprimido el servicio de obtención del NRUA y la Orden VAU/1560/2025, que aprobaba el modelo informativo y su formato XBRL, se queda sin el artículo que le daba soporte.
Qué sigue vigente
- Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y la coordinación de ventanillas.
- Obligaciones de las plataformas en línea de transmitir datos sobre los anuncios.
- Transmisión de datos con fines estadísticos (artículo 11).
- Registros y licencias turísticas autonómicas, que dependen de cada comunidad y no se ven afectados por la sentencia.
La sentencia tampoco afecta a otras obligaciones que no dependen del RD 1312/2024, como la tributación de los ingresos del alquiler o el registro documental de viajeros.
Qué debes hacer ahora
- No necesitas preparar el modelo informativo para febrero de 2027 con la regulación actual.
- Mantén al día el registro o la licencia de tu comunidad autónoma, si tu comunidad lo exige.
- Conserva tus datos de estancias. Te pueden hacer falta si se aprueba una nueva obligación o para tu declaración de la renta.
- Ante una situación concreta (un depósito pendiente, un requerimiento o una reclamación de aranceles), consulta con tu asesor.
Preguntas frecuentes
Qué pasa con Rent2File
Rent2File generaba el XBRL del modelo informativo. Tras la sentencia hemos suspendido el servicio: no tiene sentido ofrecer un documento que ya no es obligatorio. Si una nueva regulación vuelve a exigir una declaración parecida, valoraremos reactivarlo.
Si compraste una licencia o tienes cualquier duda, escríbenos a soporte@rent2file.com.
Guías anteriores a la sentencia
Mantenemos nuestras guías como referencia. Cada una indica qué ha cambiado tras la sentencia.
Fuentes
- BOE BOE-A-2026-12300: fallo de la sentencia STS 620/2026
- Nota de prensa del Tribunal Supremo (Poder Judicial)
Aviso
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con tu asesor.